Cómo calcular el IVA en 2026: guía completa con ejemplos
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es el impuesto indirecto más relevante para autónomos y pymes en España. Esta guía explica los tipos vigentes en 2026, las fórmulas exactas para añadir o descontar IVA y los casos prácticos más habituales, con una calculadora gratuita para obtener el resultado en segundos.
Usar la calculadora de IVA 2026Tipos de IVA vigentes en España en 2026
La Ley 37/1992 del IVA establece tres tipos impositivos en España. En 2026, los tipos son:
| Tipo | Porcentaje | Ejemplos de bienes y servicios |
|---|---|---|
| General | 21% | Mayoría de bienes y servicios: electrónica, ropa, servicios profesionales, bebidas alcohólicas, vehículos |
| Reducido | 10% | Alimentos no básicos, hostelería y restauración, transporte de viajeros, viviendas de obra nueva, espectáculos |
| Superreducido | 4% | Pan, leche, queso, huevos, frutas, verduras, cereales, libros, periódicos, medicamentos, sillas de ruedas |
| Temporal 0% | 0% | Aceite de oliva, aceites de semillas y pastas (medida temporal desde 2023, prorrogada en 2026) |
Fuente: Agencia Tributaria — Tipos de IVA
Fórmula para añadir IVA a una base imponible
Cuando conoces la base imponible (precio sin IVA) y quieres calcular el precio final:
Cuota de IVA = Base imponible × tipo de IVA
Base imponible: 1.000 €
Cuota de IVA: 1.000 × 0,21 = 210 €
Total factura: 1.000 + 210 = 1.210 €
Base imponible: 50 €
Cuota de IVA: 50 × 0,10 = 5 €
Total: 50 + 5 = 55 €
Fórmula para descontar IVA de un precio final
Cuando el precio ya incluye IVA y necesitas calcular la base imponible:
Cuota de IVA = Precio con IVA − Base imponible
Base imponible: 1.210 ÷ 1,21 = 1.000 €
Cuota de IVA incluida: 1.210 − 1.000 = 210 €
El recargo de equivalencia
Los comerciantes minoristas en el régimen de recargo de equivalencia no liquidan IVA con Hacienda. En su lugar, sus proveedores les repercuten el IVA normal más un recargo adicional:
| Tipo de IVA | Recargo de equivalencia | Total que paga el comerciante |
|---|---|---|
| 21% | 5,2% | 26,2% |
| 10% | 1,4% | 11,4% |
| 4% | 0,5% | 4,5% |
Operaciones exentas de IVA
Existen operaciones que no llevan IVA (exentas plenas) y operaciones que tributan al 0%. Las más relevantes son:
- Enseñanza reglada y formación profesional
- Servicios médicos y sanitarios prestados por profesionales colegiados
- Seguros y reaseguros
- Operaciones financieras (préstamos, depósitos, créditos)
- Arrendamiento de viviendas para uso residencial (no vacacional)
Las exenciones implican que no se repercute IVA al cliente pero tampoco se puede deducir el IVA soportado en los gastos relacionados con esa actividad.
Preguntas frecuentes sobre el cálculo del IVA
¿Qué IVA aplica en servicios de hostelería?
¿Qué pasa si presento el modelo 303 con resultado negativo?
¿Un autónomo siempre tiene que repercutir IVA?
¿Cuándo hay que presentar el modelo 303?
¿Qué es el IVA intracomunitario?
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