Cómo calcular el IVA en 2026: guía completa con ejemplos

Publicado: enero 2026 · Última actualización: mayo 2026 · Revisado por el equipo editorial de HerramientasFiscales.com · Sobre nosotros

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es el impuesto indirecto más relevante para autónomos y pymes en España. Esta guía explica los tipos vigentes en 2026, las fórmulas exactas para añadir o descontar IVA y los casos prácticos más habituales, con una calculadora gratuita para obtener el resultado en segundos.

Usar la calculadora de IVA 2026

Tipos de IVA vigentes en España en 2026

La Ley 37/1992 del IVA establece tres tipos impositivos en España. En 2026, los tipos son:

Tipo Porcentaje Ejemplos de bienes y servicios
General 21% Mayoría de bienes y servicios: electrónica, ropa, servicios profesionales, bebidas alcohólicas, vehículos
Reducido 10% Alimentos no básicos, hostelería y restauración, transporte de viajeros, viviendas de obra nueva, espectáculos
Superreducido 4% Pan, leche, queso, huevos, frutas, verduras, cereales, libros, periódicos, medicamentos, sillas de ruedas
Temporal 0% 0% Aceite de oliva, aceites de semillas y pastas (medida temporal desde 2023, prorrogada en 2026)

Fuente: Agencia Tributaria — Tipos de IVA

Fórmula para añadir IVA a una base imponible

Cuando conoces la base imponible (precio sin IVA) y quieres calcular el precio final:

Precio con IVA = Base imponible × (1 + tipo de IVA)
Cuota de IVA = Base imponible × tipo de IVA
Ejemplo — Factura de servicios con IVA al 21%:
Base imponible: 1.000 €
Cuota de IVA: 1.000 × 0,21 = 210 €
Total factura: 1.000 + 210 = 1.210 €
Ejemplo — Restaurante con IVA al 10%:
Base imponible: 50 €
Cuota de IVA: 50 × 0,10 = 5 €
Total: 50 + 5 = 55 €

Fórmula para descontar IVA de un precio final

Cuando el precio ya incluye IVA y necesitas calcular la base imponible:

Base imponible = Precio con IVA ÷ (1 + tipo de IVA)
Cuota de IVA = Precio con IVA − Base imponible
Ejemplo — Factura recibida de 1.210 € con IVA al 21%:
Base imponible: 1.210 ÷ 1,21 = 1.000 €
Cuota de IVA incluida: 1.210 − 1.000 = 210 €

El recargo de equivalencia

Los comerciantes minoristas en el régimen de recargo de equivalencia no liquidan IVA con Hacienda. En su lugar, sus proveedores les repercuten el IVA normal más un recargo adicional:

Tipo de IVA Recargo de equivalencia Total que paga el comerciante
21%5,2%26,2%
10%1,4%11,4%
4%0,5%4,5%

Operaciones exentas de IVA

Existen operaciones que no llevan IVA (exentas plenas) y operaciones que tributan al 0%. Las más relevantes son:

Las exenciones implican que no se repercute IVA al cliente pero tampoco se puede deducir el IVA soportado en los gastos relacionados con esa actividad.

Preguntas frecuentes sobre el cálculo del IVA

¿Qué IVA aplica en servicios de hostelería?
Los servicios de hostelería y restauración tributan al 10%. Sin embargo, las bebidas alcohólicas vendidas en hostelería tributan al tipo general del 21%. El alojamiento hotelero también tributa al 10%.
¿Qué pasa si presento el modelo 303 con resultado negativo?
Si el IVA soportado supera al IVA repercutido, el resultado es negativo. En el 1T, 2T y 3T puedes compensarlo en el trimestre siguiente. En el 4T (enero) puedes compensarlo o solicitar la devolución a través del modelo 390.
¿Un autónomo siempre tiene que repercutir IVA?
No. Los autónomos que realizan actividades exentas (médicos, profesores de enseñanza reglada, etc.) no repercuten IVA ni presentan el modelo 303. Los que ejercen actividades sujetas y no exentas sí están obligados a repercutir IVA y a presentar el modelo 303 trimestralmente.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 303?
El modelo 303 se presenta trimestralmente: del 1 al 20 de abril (1T), del 1 al 20 de julio (2T), del 1 al 20 de octubre (3T) y del 1 al 30 de enero del año siguiente (4T). Cuando el día 20 cae en festivo o fin de semana, el plazo se prorroga al siguiente día hábil.
¿Qué es el IVA intracomunitario?
Las operaciones entre empresas de distintos países de la UE tienen un tratamiento especial. Las entregas de bienes entre empresarios de la UE están exentas si el comprador está registrado en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). El comprador aplica la inversión del sujeto pasivo y declara el IVA en su propio país.

Calcula el IVA de cualquier operación al instante

Usa nuestra calculadora gratuita para añadir o quitar IVA al 21%, 10%, 4% o 0%. Sin registro, sin envío de datos y con botón para copiar el resultado.

Ir a la calculadora de IVA →

← Volver a todas las calculadoras fiscales