Los 10 gastos más deducibles para autónomos en 2026
Conocer qué gastos puedes deducir como autónomo es clave para reducir tu factura fiscal. En estimación directa, el IRPF se calcula sobre el rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles), por lo que cada euro de gasto deducible reduce directamente la base imponible.
Los 10 gastos más relevantes para autónomos en 2026
Cuotas del RETA (Seguridad Social)
Las cuotas pagadas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos son 100% deducibles en el IRPF del ejercicio en que se pagan. En 2026, la cuota mínima es de 200 €/mes y la máxima de 620 €/mes. Si tienes tarifa plana de 87 €/mes, también es deducible.
Asesoría, gestoría y servicios profesionales
Los honorarios de tu asesor fiscal, gestor, abogado o cualquier profesional que contrates para tu actividad son 100% deducibles. Necesitas factura. Incluye el software de contabilidad o facturación que uses en tu negocio.
Alquiler del local o espacio de trabajo
100% si exclusivoSi alquilas un local exclusivamente para tu actividad, el alquiler es 100% deducible. Si trabajas desde casa, solo puedes deducir la parte proporcional del alquiler según la superficie afecta (lo más seguro es inscribir el domicilio en la licencia de actividad). La AEAT acepta normalmente un porcentaje entre el 15% y el 30% de la vivienda.
Suministros del hogar (si trabajas desde casa)
30% de la parte proporcionalSi trabajas desde casa, puedes deducir el 30% de los suministros (luz, agua, gas, internet) proporcionales a la superficie afecta a la actividad. Ejemplo: si destinas el 20% de tu vivienda a la actividad y pagas 200 €/mes de suministros, puedes deducir 200 × 0,20 × 0,30 = 12 €/mes.
Teléfono móvil e internet
Si la línea está a nombre de la actividad y se usa para el negocio, es 100% deducible. Si compartes la línea con uso personal, la AEAT tiende a aceptar solo el porcentaje de uso profesional, aunque esto es difícil de justificar. Lo más recomendable es tener una línea dedicada a la actividad.
Equipos informáticos y software
Ordenadores, tablets, monitores y software vinculados a la actividad son deducibles. Los bienes de importe superior a 300 € se amortizan en varios ejercicios según las tablas oficiales (25% anual para equipos informáticos en estimación directa simplificada). Los de menor importe pueden deducirse íntegramente en el ejercicio de compra.
Vehículo
Solo si es exclusivoEl vehículo solo es deducible al 100% si está exclusivamente afecto a la actividad, lo que es muy difícil de demostrar ante la AEAT para uso mixto (personal y profesional). En la práctica, la AEAT suele rechazar la deducción de vehículos de uso mixto salvo actividades muy concretas (transporte, representantes comerciales, etc.). Los taxis, ambulancias y vehículos de carga son siempre deducibles.
Formación profesional
Cursos, libros, suscripciones a publicaciones profesionales y formación directamente relacionada con la actividad son 100% deducibles. La clave es que la formación esté vinculada a la actividad económica declarada. Un curso de marketing para un diseñador gráfico: deducible. Un máster de historia para un fontanero: no deducible.
Publicidad y marketing
Gastos en publicidad online (Google Ads, Meta Ads), diseño de web, mantenimiento de web, branding, materiales de marketing, ferias y eventos son 100% deducibles. Necesitas factura de los proveedores. Las redes sociales gestionadas para la actividad también son deducibles si contratas servicios externos.
Dietas y desplazamientos
Con límitesLas dietas en desplazamientos por motivos de la actividad son deducibles con estos límites en 2026: 26,67 €/día en España (53,34 € si hay pernocta) y 48,08 €/día en el extranjero (91,35 € con pernocta). Es imprescindible justificar el motivo profesional del desplazamiento. Los trayectos entre el domicilio y el lugar habitual de trabajo no son deducibles.
¿El IVA de estos gastos también es deducible?
Sí, siempre que el autónomo esté en régimen general de IVA. El IVA soportado en los gastos de la actividad se incluye en el Modelo 303 como IVA deducible, reduciendo el importe a ingresar. La regla es la misma: el gasto debe estar vinculado a la actividad y justificado con factura completa (no tique). Simula la liquidación trimestral con nuestra calculadora del Modelo 303.
5 gastos que la AEAT suele rechazar (cuidado)
No todo lo que parece deducible lo es. La Agencia Tributaria es estricta con estos casos en sus comprobaciones más frecuentes:
- Vehículo de uso mixto sin afectación exclusiva probada: si usas el coche para trabajo y vida personal, la AEAT generalmente rechaza el 100% de la deducción salvo profesiones específicas (taxi, comercial, transporte). Tampoco acepta porcentajes parciales sin documentación robusta (libro de viajes, etc.).
- Ropa de trabajo «normal»: trajes, camisas o calzado de calle no son deducibles aunque te los pongas para clientes. Sí lo es la ropa con logo, EPIs y uniformes específicos del oficio (bata sanitaria, mono industrial, calzado de seguridad).
- Comidas habituales: las comidas en restaurantes solo son deducibles cuando son dietas en desplazamiento profesional con justificación del cliente o evento. Una comida de trabajo «en tu ciudad» suele rechazarse.
- Gastos del cónyuge o familia sin contrato laboral formal: si tu pareja te ayuda en el negocio sin alta en RETA o contrato, los pagos a su favor no son deducibles. Si tiene alta y contrato a precio de mercado, sí.
- Compras sin factura (solo tique simplificado): tiques de gasolina, parking, peajes son aceptados con limitaciones, pero compras grandes en grandes superficies con tique simplificado pueden ser rechazadas.
Documentación obligatoria para que un gasto sea aceptado
- Factura completa emitida a nombre del autónomo, con NIF, base imponible e IVA desglosado. Los tiques simplificados solo se aceptan para importes inferiores a 400 € y operaciones muy concretas (transporte, hostelería, etc.).
- Justificante de pago: cargo bancario, transferencia, recibo. Los pagos en metálico superiores a 1.000 € entre profesionales están prohibidos por ley desde 2021.
- Anotación en el libro de gastos: obligatorio en estimación directa, con fecha, número de factura, proveedor, concepto y desglose de bases e IVA.
- Conservación durante 4 años: las facturas deben guardarse al menos 4 años desde el final del plazo voluntario de presentación. Si hay pérdidas a compensar, hasta 10 años.
- Vinculación con la actividad: si la AEAT solicita explicación, debes poder justificar por qué ese gasto es necesario para tu actividad.
Ejemplo: cuánto puedes ahorrar optimizando deducciones
Considera un autónomo en estimación directa simplificada con los siguientes datos anuales en 2026:
- Ingresos: 40.000 €
- Cuotas RETA (12 × 294 €): 3.528 €
- Asesoría: 1.200 €
- Alquiler local: 6.000 €
- Suministros local: 1.500 €
- Móvil y conexiones: 540 €
- Equipos y software: 800 €
- Formación: 600 €
- Publicidad: 1.200 €
- Material y consumibles: 1.500 €
- Otros gastos justificados: 1.200 €
Total gastos: 18.068 €. Más la deducción del 5% por gastos de difícil justificación (limitada a 2.000 €): 1.097 €.
Rendimiento neto: 40.000 − 18.068 − 1.097 = 20.835 €. Aplicando los tramos de IRPF 2026, la cuota estimada sería de unos 3.700 €.
Si este mismo autónomo solo dedujera la cuota RETA y la asesoría (4.728 €), su rendimiento neto sería 35.272 € y la cuota subiría a unos 8.300 €. Diferencia: 4.600 € al año por deducir correctamente los gastos legítimos.
Verifica tu propio cálculo en nuestra calculadora de IRPF anual introduciendo tu base liquidable (ingresos menos gastos).
Preguntas frecuentes sobre gastos deducibles
¿Puedo deducir la comida del día a día?
¿Y los regalos a clientes?
¿Cómo se deducen las primas del seguro de salud?
¿Las multas y sanciones son deducibles?
¿Puedo deducir compras hechas antes del alta de autónomo?
¿Los autónomos en módulos pueden deducir gastos?
Glosario rápido
- Gasto deducible: el que reduce el rendimiento neto al estar vinculado a la actividad económica.
- Amortización: deducción anual del coste de un bien por su uso a lo largo de varios ejercicios.
- RETA: Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
- Estimación directa: régimen de cálculo del IRPF basado en ingresos menos gastos reales.
- Factura simplificada (tique): documento sin datos del receptor, aceptado solo en ciertos casos.
- Gastos de difícil justificación: deducción a tanto alzado del 5% del rendimiento neto en estimación directa simplificada, con tope de 2.000 €/año.