Modelo 303: cómo rellenarlo paso a paso en 2026

Publicado: enero 2026 · Última actualización: julio 2026 · Revisado por el equipo editorial de HerramientasFiscales.com · Sobre nosotros

El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA que deben presentar la mayoría de autónomos y empresas en España. Esta guía explica qué es, cuándo presentarlo y cómo rellenar sus casillas principales, con una calculadora gratuita que te ayuda a calcular el importe a ingresar.

Calcular el Modelo 303 online

¿Qué es el Modelo 303?

El Modelo 303 es la declaración-liquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). A través de él, los sujetos pasivos del IVA (autónomos y empresas) comunican a la Agencia Tributaria el IVA que han cobrado a sus clientes (IVA repercutido) y el IVA que han pagado en sus compras y gastos (IVA soportado).

El resultado es la diferencia entre ambos: si has cobrado más IVA del que has pagado, debes ingresar la diferencia a Hacienda. Si has pagado más del que has cobrado, puedes compensar el saldo en trimestres siguientes.

Plazos de presentación en 2026

TrimestrePeriodoPlazo de presentación
1T (enero-marzo)Enero a marzo 20261 al 20 de abril 2026
2T (abril-junio)Abril a junio 20261 al 20 de julio 2026
3T (julio-septiembre)Julio a sept. 20261 al 20 de octubre 2026
4T (octubre-diciembre)Oct. a dic. 20261 al 30 de enero 2027
Importante: Cuando el día 20 coincide con sábado, domingo o festivo nacional, el plazo se prorroga al siguiente día hábil. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar las fechas exactas cada trimestre.

Cómo rellenar el Modelo 303: casillas principales

IVA devengado (IVA que cobras a tus clientes)

CasillasContenido
01 y 02Base imponible y cuota al tipo general (21%)
03 y 04Base imponible y cuota al tipo reducido (10%)
05 y 06Base imponible y cuota al tipo superreducido (4%)
25 y 26Recargo de equivalencia al 5,2% y al 1,4%
27Total cuota devengada (suma de todas las cuotas anteriores)

IVA deducible (IVA que pagas en tus gastos)

CasillasContenido
28 y 29IVA deducible en operaciones interiores corrientes (base y cuota)
30 y 31IVA deducible en operaciones interiores con bienes de inversión
32 y 33IVA deducible en importaciones de bienes corrientes
36 y 37IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias
45Total cuota a deducir (suma de todos los IVAs soportados deducibles)

Resultado de la liquidación

Casilla 64 (resultado) = Casilla 27 (IVA devengado) − Casilla 45 (IVA deducible)
Casilla 69 (a ingresar o a compensar) = Casilla 64 ± casillas de ajustes anteriores

¿Qué hacer si el resultado es negativo?

Un resultado negativo significa que has soportado más IVA del que has repercutido. Tienes estas opciones:

El Modelo 303 bloque por bloque: mapa de casillas

El formulario impone respeto la primera vez, pero se entiende mejor por bloques. Este es el mapa orientativo de la estructura del régimen general (verifica siempre la numeración en el formulario vigente de la Sede Electrónica):

BloqueQué se declara
IVA devengado — casillas 01 a 09Tus ventas del trimestre desglosadas por tipo: base imponible, tipo aplicado y cuota para el 4%, el 10% y el 21%. Es el IVA que has repercutido a tus clientes.
Adquisiciones intracomunitarias e inversión del sujeto pasivoCompras a proveedores de la UE y operaciones con inversión del sujeto pasivo: autoliquidas aquí el IVA que tu proveedor no te cobró.
Recargo de equivalenciaSolo si vendes a comerciantes minoristas en este régimen: bases y cuotas del recargo repercutido (5,2%, 1,4% o 0,5%).
Total cuota devengada — casilla 27Suma de todo el IVA repercutido del trimestre.
IVA deducible — casillas 28 a 44El IVA soportado que te deduces, separado por origen: operaciones interiores corrientes, bienes de inversión, importaciones, adquisiciones intracomunitarias y rectificaciones de periodos anteriores.
Total a deducir — casilla 45Suma de todo el IVA soportado deducible.
Resultado — casillas 46 y 71Diferencia entre devengado y deducible (46). Tras compensaciones de trimestres anteriores y ajustes, la casilla 71 muestra el resultado final de la liquidación.

Ejemplo completo de un trimestre

Un autónomo del régimen general con actividad de consultoría cierra el segundo trimestre así:

Si el mismo autónomo arrastrara 300 € a compensar del trimestre anterior, los restaría en el bloque de compensaciones y el resultado final sería 1.120 €. Puedes reproducir tu caso con nuestra calculadora del Modelo 303 antes de entrar en la Sede.

Cómo se presenta: pasos en la Sede Electrónica

El 303 se presenta online en la Sede Electrónica de la AEAT. El proceso, en cinco pasos:

A ingresar, a compensar o a devolver: qué hacer con cada resultado

A ingresar (repercutido > soportado): pagas la diferencia al presentar. A compensar (soportado > repercutido): el saldo negativo no se pierde; se arrastra a los siguientes trimestres durante un máximo de 4 años, restándolo de futuros resultados positivos. A devolver: solo puedes pedir la devolución en la autoliquidación del cuarto trimestre (enero), salvo que estés inscrito en el REDEME (registro de devolución mensual), pensado para negocios que soportan sistemáticamente más IVA del que repercuten, como exportadores.

¿Y si no tuve actividad? El 303 "sin actividad"

Mientras estés de alta censal en una actividad sujeta a IVA, el 303 se presenta aunque el trimestre esté a cero: se marca la casilla de "sin actividad" y se presenta igualmente. Saltarse un trimestre vacío es una de las causas más tontas de sanción, porque Hacienda no sabe que no facturaste hasta que se lo dices.

Errores más comunes al rellenar el Modelo 303

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 303

¿El Modelo 303 y el Modelo 390 son lo mismo?
No. El 303 es la declaración trimestral del IVA; se presenta 4 veces al año. El 390 es el resumen anual del IVA: se presenta una vez al año en enero y recoge el resumen de todos los trimestres del año anterior. En el 390 también se puede solicitar la devolución del saldo negativo acumulado del 4T.
¿Tengo que presentar el 303 si no he emitido ninguna factura?
Sí, si estás inscrito en el censo de empresarios o profesionales. En ese caso presentas el modelo con todas las casillas a cero. Si no presentas el 303, la AEAT puede imponerte una sanción aunque no hayas tenido actividad.
¿Cómo se presenta el Modelo 303?
El Modelo 303 se presenta de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT, con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. También puede presentarlo tu asesor o gestor si le has autorizado.

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