Metodología de cálculo
Esta página explica cómo se construyen, validan y mantienen las 15 calculadoras fiscales de HerramientasFiscales.com. Está pensada para usuarios que quieren entender el origen de los resultados antes de actuar sobre ellos, y para profesionales (asesores, gestores) que necesitan saber qué hay detrás de los números.
Nuestro objetivo no es sustituir a la Agencia Tributaria, a la Seguridad Social ni a un asesor fiscal colegiado: es ofrecer una primera estimación rápida, gratuita y privada que ayude a tomar decisiones informadas o a contrastar un cálculo previo.
1. Fuentes oficiales que utilizamos
Todas las fórmulas, tipos impositivos, tramos y bases de cotización proceden de fuentes oficiales españolas o europeas. Las consultamos directamente — no a través de terceros — y citamos la referencia concreta en cada calculadora.
- Agencia Tributaria (AEAT): modelos, calendario del contribuyente, tipos de IVA, tramos de IRPF estatales, retenciones, Modelo 303, Modelo 130, Modelo 100, Impuesto sobre Sociedades. sede.agenciatributaria.gob.es
- Tesorería General de la Seguridad Social: tabla de tramos de cotización para autónomos en el sistema de ingresos reales (2023-2026), cuotas mensuales mínima y máxima, tarifa plana, tipos de cotización general por contingencias comunes y profesionales. seg-social.es
- Boletín Oficial del Estado (BOE): textos consolidados de Ley del IVA, Ley del IRPF, Ley General Tributaria, Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo y Reglamentos. boe.es
- Comunidades Autónomas: tramos autonómicos del IRPF y tipos de ITP/AJD por CCAA (consultados en las consejerías de Hacienda de cada comunidad).
- Banco de España y CNMV: convenciones financieras estándar para préstamos (sistema francés de amortización), interés simple y compuesto, y formato IBAN según ISO 13616 e ISO 7064 MOD 97-10.
- SWIFT y AEB: tabla de códigos de entidades bancarias españolas (utilizada en el validador de IBAN para identificar el banco emisor).
2. Cómo calculamos
Cada calculadora aplica una fórmula explícita y comprobable. La fórmula está visible en la propia página de la herramienta (sección «Cómo se calcula»), junto con un ejemplo numérico para que el usuario pueda reproducir el resultado a mano. Algunos ejemplos:
- La Calculadora de IVA aplica
base × (1 + tipo)o el desglose inverso al quitar el IVA. - La Calculadora de IRPF anual reparte la base liquidable entre los tramos progresivos estatales y autonómicos.
- El Validador IBAN implementa los algoritmos oficiales ISO 13616 y ISO 7064 MOD 97-10.
- La Calculadora de cuota de autónomos consulta la tabla oficial de tramos por ingresos reales de la Seguridad Social.
- La Calculadora de hipoteca usa el sistema francés de amortización estándar de la banca española.
Los cálculos se ejecutan al 100% en tu navegador. Ningún importe, dato personal o resultado se envía a nuestros servidores. Esto significa que:
- Puedes usar las herramientas sin conexión a Internet una vez cargada la página.
- No recogemos ni almacenamos los importes que introduces.
- El historial de cálculos recientes (si lo activas) se guarda solo en el almacenamiento local de tu navegador y se puede borrar en cualquier momento.
El código que ejecuta los cálculos está en un único archivo JavaScript público y auditable en el sitio (/assets/js/app.js). Cualquier persona con conocimientos técnicos puede revisarlo.
3. Validación de los resultados
Antes de publicar o actualizar una calculadora, contrastamos su resultado contra:
- Ejemplos resueltos en las propias guías y manuales de la AEAT.
- Simuladores oficiales cuando existen (por ejemplo, el simulador de cuota de autónomos de la Seguridad Social o el simulador de Renta de la AEAT).
- Casos prácticos publicados en revistas especializadas de fiscalidad (Wolters Kluwer, Lefebvre, REAF-Economistas).
Cuando detectamos una diferencia con la fuente oficial, prevalece siempre la fuente oficial: corregimos la calculadora y dejamos constancia del cambio en el repositorio de código.
4. Cómo y cuándo actualizamos
Las normas fiscales y de cotización cambian con frecuencia. Revisamos las calculadoras en estos momentos:
- Al inicio de cada año natural, cuando entran en vigor los nuevos tipos, tramos y bases de cotización aprobados por los Presupuestos Generales del Estado y los Reales Decretos de fin de año.
- Antes de cada campaña fiscal (Renta entre abril y junio; presentación trimestral de IVA en abril, julio, octubre y enero).
- Cuando se publica una modificación normativa relevante en el BOE que afecte a alguna fórmula (cambios extraordinarios fuera del calendario habitual).
- Cuando un usuario o asesor detecta una discrepancia y nos la comunica.
Cada página individual de calculadora muestra la fecha de la última revisión en su parte superior.
5. Limitaciones — qué NO hacen estas calculadoras
Las herramientas ofrecen estimaciones orientativas. No sustituyen a los modelos oficiales ni al asesoramiento fiscal profesional. En particular, no incluyen ni gestionan:
- Mínimos personales, familiares o por discapacidad del IRPF.
- Deducciones autonómicas específicas (varían en las 17 comunidades autónomas).
- Regímenes especiales (módulos, criterio de caja, agricultura y ganadería, agencias de viajes, oro de inversión, etc.).
- Bonificaciones por familia numerosa, vivienda habitual, alquiler de jóvenes o casos asimilados.
- Pérdidas patrimoniales compensables, planes de pensiones, planes de ahorro y demás reducciones de la base imponible.
- Particularidades del País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta y Melilla, que tienen regímenes forales o singulares.
- Cualquier interpretación administrativa, consulta vinculante de la DGT o sentencia jurisprudencial reciente que afecte al caso concreto.
Para una declaración real o una decisión patrimonial relevante, acude a un asesor fiscal colegiado o utiliza los servicios oficiales de la AEAT (cita previa, asistencia telefónica, programa Renta WEB).
6. Glosario rápido
- Base imponible: importe sobre el que se aplica un tipo impositivo (sin incluir el impuesto).
- Tipo nominal vs tipo efectivo: el nominal es el porcentaje legal del impuesto; el efectivo es el que realmente pagas tras aplicar tramos progresivos y deducciones.
- Retención: cantidad que un pagador adelanta a Hacienda en nombre del cobrador, que luego se descuenta de la cuota anual.
- Pago fraccionado (Modelo 130): anticipo trimestral del IRPF que hacen los autónomos en estimación directa, regularizado en la declaración anual.
- TIN vs TAE: el TIN es el tipo de interés nominal anual; el TAE incluye además comisiones y la frecuencia de capitalización.
7. Correcciones, sugerencias y casos atípicos
Si detectas un error en cualquier calculadora, o si tu caso particular no encaja con los supuestos asumidos por la herramienta, escríbenos a contacto@herramientasfiscales.com indicando:
- El nombre de la calculadora afectada y la URL.
- Los datos exactos que introdujiste.
- El resultado que obtuviste y el resultado que esperabas.
- La fuente oficial que respalda el resultado esperado (BOE, AEAT, etc.), si la tienes a mano.
Revisamos todas las comunicaciones y respondemos en un plazo de 24-48 horas laborables. Cuando una corrección se aplica, lo reflejamos en la fecha de revisión de la página correspondiente.