Cuota de autónomos 2026: tabla de tramos por ingresos reales y cómo calcularla

Publicado: enero 2026 · Última actualización: octubre 2026 · Revisado por el equipo editorial de HerramientasFiscales.com · Sobre nosotros

Desde 2023, la cuota mensual del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ya no es fija: depende de los rendimientos netos reales del autónomo. Esta guía explica los 15 tramos del sistema de ingresos reales 2026, cómo calcular tu base de cotización y cuándo aplica la tarifa plana.

Calcular mi cuota de autónomo 2026

¿Cómo funciona el sistema de ingresos reales?

El sistema de cotización por ingresos reales implica que cada autónomo cotiza en función de lo que gana realmente, no de una base elegida de manera arbitraria. Esto elimina la posibilidad de cotizar muy por debajo de los ingresos reales y acerca la cotización a lo que cada trabajador percibe.

El sistema tiene 15 tramos de rendimientos netos mensuales. El autónomo elige en qué tramo quiere cotizar y puede cambiarlo a lo largo del año en los plazos que fija la normativa.

Cómo calcular los rendimientos netos para determinar el tramo

Los rendimientos netos que determinan el tramo de cotización se calculan así:

Rendimientos netos = Ingresos − Gastos deducibles − Cuotas del RETA
Rendimientos netos ajustados = Rendimientos netos × (1 − 0,07) [personas físicas]
Rendimientos netos mensuales = Rendimientos netos ajustados ÷ 12

La deducción del 7% reconoce gastos difíciles de justificar. Para determinados colectivos, como los autónomos societarios, la deducción es del 3% (art. 308.1.c de la LGSS).

Ejemplo de cálculo:
Ingresos anuales: 35.000 €
Gastos deducibles: 8.000 €
Cuotas RETA pagadas: 3.000 €
Rendimientos netos: 35.000 − 8.000 − 3.000 = 24.000 €
Ajuste del 7%: 24.000 × 0,93 = 22.320 €
Rendimientos netos mensuales: 22.320 ÷ 12 = 1.860 €/mes → Tramo 8

Tabla de tramos de cuota de autónomos 2026

Fuente: Seguridad Social — Simulador RETA 2026

Rendimientos netos mensuales Base mínima Cuota mínima Cuota con la base máxima
Hasta 670 €653,59 €205,88 €226,47 €
670 – 900 €718,95 €226,47 €283,50 €
900 – 1.166,70 €849,67 €267,65 €367,51 €
1.166,70 – 1.300 €950,98 €299,56 €409,50 €
1.300 – 1.500 €960,78 €302,65 €472,50 €
1.500 – 1.700 €960,78 €302,65 €535,50 €
1.700 – 1.850 €1.143,79 €360,29 €582,75 €
1.850 – 2.030 €1.209,15 €380,88 €639,45 €
2.030 – 2.330 €1.274,51 €401,47 €733,95 €
2.330 – 2.760 €1.356,21 €427,21 €869,40 €
2.760 – 3.190 €1.437,91 €452,94 €1.004,85 €
3.190 – 3.620 €1.519,61 €478,68 €1.140,30 €
3.620 – 4.050 €1.601,31 €504,41 €1.275,75 €
4.050 – 6.000 €1.732,03 €545,59 €1.606,88 €
Más de 6.000 €1.928,10 €607,35 €1.606,88 €

Cuota = base de cotización × 31,5 % (28,30 % contingencias comunes, 1,30 % profesionales, 0,90 % cese de actividad, 0,10 % formación profesional y 0,90 % del MEI). Bases mínimas y máximas de la Orden PJC/297/2026, art. 18. Dentro de cada tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima.

La tarifa plana para nuevos autónomos

Los trabajadores que se den de alta en el RETA sin haber estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si ya disfrutaron de estas reducciones en un alta anterior) tienen derecho a pagar una cuota reducida durante los 12 meses naturales completos siguientes al alta, con independencia de sus ingresos. Su importe vigente se consulta en la Seguridad Social.

Al terminar el primer año, si los rendimientos netos son inferiores al SMI anual (en 2026, 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año, según el Real Decreto 126/2026), puede aplicarse la cuota reducida otros 12 meses (art. 38 ter de la Ley 20/2007).

Regularización anual de cuotas

La Seguridad Social realiza una regularización anual en la que compara las cuotas pagadas durante el año con las que correspondían según los rendimientos netos reales. Si pagaste de más, recibirás una devolución; si pagaste de menos, deberás abonar la diferencia.

Preguntas frecuentes sobre la cuota de autónomos

¿Puedo elegir pagar más de la cuota mínima?
Sí. Dentro de cada tramo puedes elegir cualquier base de cotización entre el mínimo y el máximo del tramo. Cotizar más implica pagar más cuota mensual pero también genera derecho a prestaciones más altas (incapacidad temporal, jubilación, etc.).
¿Qué pasa si me equivoco de tramo durante el año?
La Seguridad Social regulariza automáticamente al año siguiente. Si cotizaste por un tramo inferior al que correspondía, deberás pagar la diferencia. Si cotizaste por encima, recibirás una devolución. Es recomendable ajustar el tramo durante el año cuando tus ingresos cambien significativamente.
¿La cuota de autónomos es deducible en el IRPF?
Sí. Las cuotas pagadas al RETA son gasto deducible en el IRPF del autónomo en estimación directa (normal o simplificada). Esto reduce el rendimiento neto de la actividad y, por tanto, la base imponible del IRPF.
¿Cómo se calcula la cuota de autónomos si tengo varios trabajos?
Si eres autónomo y también trabajas por cuenta ajena (pluriactividad), tienes derecho al reintegro del 50% del exceso de las cotizaciones por contingencias comunes cuando estas superan el límite que fija la normativa (17.323,68 € en 2026), con un tope del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA (art. 313 de la LGSS y art. 18.8 de la Orden PJC/297/2026). No hace falta solicitarlo: la Tesorería lo abona en un plazo máximo de cuatro meses desde la regularización de la cotización. Tienes la fórmula y una calculadora en la devolución por pluriactividad.

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